miércoles, 21 de diciembre de 2011

Eutanasia desde la perspectiva jurídica, filosófica y ética

He aquí un pequeño escrito para el curso de Filosofía del Derecho, acerca de la eutanasia. 
Cualquier cosa, comenten, adelante! 


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El ser humano, desde que nace tiene ciertos derechos, llamados por Ronald Dworkin “strong rights”; esto quiere decir que “los individuos tienen derechos, aún cuando éstos no están positivizados en ningún texto legal”[1].  La Constitución Mexicana, en el artículo 14, dice que “nadie puede ser privado de la vida”, esto incluye al embrión ya concebido. Sin embargo, la eutanasia o “el bien morir”, se encuentra en un debate interminable, pues este proceso hace que filósofos, antropólogos, juristas y biólogos, principalmente, debatan la legalización o la penalización de la eutanasia; aunque la muerte es un proceso “natural” que le concierne a todo ser humano.
La ciencia del día de hoy, específicamente hablando de la medicina, es muy avanzada; y es gracias a ella que muchas personas pueden llevar una vida “mejor”, hablando en términos de salud.  La función de los médicos es la de cuidar y sanar a las personas. Aunque en el juramento de Hipócrates no se menciona nada acerca de la eutanasia, se dice que “fijaré el régimen de los enfermos del modo que le sea más conveniente, según mis facultades y mi conocimiento, evitando todo mal e injusticia.”[2] Entonces, por ejemplo, si un médico tiene como paciente a una persona muy enferma, llena de dolor anímico y sin alguna esperanza, ¿tiene el médico el derecho de quitarle el dolor al paciente, quitándole la vida? ¿Es buena está acción? ¿Es justa? La eutanasia sólo sería buena y justa, cuando fuera analizada por el paciente, quien después de reflexionar sobre su vida con algún/algunos padecimientos, e informarse sobre los tratamientos, y si es posible una curación y volver a estar a sano, le pidiera al médico que le realizará la eutanasia con el fin por parte de ambos de cesar el dolor.
En los países de Holanda y Bélgica, la eutanasia es legal. Para legalizar la eutanasia, y para llevarla a cabo, están unos puntos o reglas que deben seguirse, como el ser mayor de edad; estar consciente y pedir el tratamiento dando el consentimiento (verbal y escrito) al doctor, revisando muy bien el testamento y sobre todo, ¿qué se hará con los órganos post-mortem?, ya que si están en buen estado podrían donarse, y salvar vidas. Estos son sólo algunos puntos, pero también están otros puntos de igual relevancia pues el médico tiene que “estar seguro de que el sufrimiento del enfermo es insoportable y que el paciente no tiene posibilidades de recuperación”[3]. Además, el médico junto con el paciente al que le realizará la eutanasia, “deben de contar con una segunda opinión médica que certifique que el doctor (principal) del paciente ha cumplido con los requisitos de la eutanasia”[4] y el último punto, pero de igual importancia sería que la eutanasia fuera sin dolor alguno, ya que es la finalidad de dicho proceso, la cesación del dolor.
La vida no es algo simple, y al padecer alguna enfermedad, (ya sea terminal o desconocida hasta el momento, y por ende sin información ni tratamientos), será más difícil. Si bien no todas las personas tienen dichas enfermedades,  las que las padezcan puede que sus síntomas sean iguales, similares, o diferentes; esto se debe al tipo de enfermedad y su avance en el organismo, y a la sensibilidad y defensas de la persona.
Además de la sensibilidad, las personas tienen una capacidad racional, y es por dicha capacidad, y por la esperanza en un perfeccionamiento o mejoramiento, que pueden reflexionar sobre su vida. Los pacientes pueden pedir informes a los médicos sobre su enfermedad, sobre tratamientos para dicho padecimiento; también pueden preguntar algo que es muy difícil, pero que es mejor saberlo por más duro que sea: ¿la enfermedad tiene solución? ¿O voy/se va a seguir padeciendo dolor, tristeza, angustia, entre otros sentimientos y emociones desagradables y desfavorables?, que si bien el paciente es el que los siente principalmente, también los sienten sus familiares.
Los casos donde la eutanasia se aplica varían y se toman en cuenta principalmente al paciente y su enfermedad, más la información que el doctor le haya proporcionado sobre las posibles soluciones al padecimiento, y la decisión final del paciente, es decir,  el consentimiento o la negación a la eutanasia en este caso, aunque el consentimiento es necesario para muchas investigaciones médicas.
En el caso de personas que viven “artificialmente”, pues están conectadas, si hicieron testamento, se lleva a cabo lo que ahí especificaron, su voluntad; en el caso contrario, la familia decide qué hacer con la persona: ¿desconectarla o no? ¿Donar o no sus órganos que estén en buen estado?
Y sobre las personas que se encuentran en un coma, y que no tengan familia, ¿qué pasa con ellos? Como en los países de Holanda y Bélgica, la eutanasia es legal, en el 2009 salió una nota periodística[5] en la que los médicos se cuestionaban si seguir con lo acordado con el paciente, que primeramente, en sus cinco sentidos y conscientemente, pidió la eutanasia, pero por el avance de la enfermedad terminó en estado inconsciente. Es por esto que las leyes deben de estar muy bien delimitadas, para así poder ver qué casos son eutanásicos y ver cuáles no lo son, porque de ser así serían delitos. Mientras los médicos no mantengan con vida a personas que sufren, no hay delito, pero la distanasia[6], es  ilegal.
Sobre el consentimiento del paciente, “debe proceder como un diálogo entre dos iguales haciendo hincapié en la importancia de la autonomía personal y la libre determinación”[7] del paciente.  Y antes de haber hecho una elección de sí hacer la eutanasia o no, el paciente debe de tener “información pertinente suministrada por los profesionales de la salud”[8], preguntar si no comprendió bien algún término médico, para finalmente dar “su consentimiento o negarse”[9].
“Los filósofos que recurren al concepto de autonomía afirman que los pacientes competentes deben elegir su propia muerte. Esto significa que es crucial afirmar el derecho de las personas a tomar decisiones centrales y que debe permitírseles terminar con su vida cuando lo deseen, al menos si su decisión no es completamente irracional”[10].
Al igual que en la investigación biomédica, en la eutanasia “la hoja de información y el formulario de consentimiento, junto con otros documentos relevantes”, deberían “ser revisados por los comités de ética”[11]. Aunque lo importante es la voluntad del paciente, no estaría nada mal una lectura y un análisis a la situación, ver si hay alguna alternativa a la enfermedad que no sea la eutanasia. Para esto habría que ser muy rápidos, pues el tiempo no se detiene, y menos si se tiene una enfermedad terminal o desconocida, no hay que prolongar el dolor de los pacientes.
La eutanasia y “la calidad de vida” están ligadas, ya que la eutanasia es poner un fin a una vida “cuyas condiciones vitales no sean consideradas suficientemente aceptables”[12], una vida “no-digna”. Pero, ¿qué es lo digno? La dignidad es “el disfrute de una calidad de vida, conciencia, o capacidad de autodeterminación”[13]. Aunque, por el simple hecho de nacer como un ser racional, ya se es digno, hay que dejar a un lado los prejuicios sociales, hay que dejar de ser una sociedad para ser una com-unidad.
“Kant distinguió entre dignidad ontológica, como valor intrínseco, inviolable, incondicional, que no varía con el tiempo y no depende de circunstancias exteriores o de consideraciones subjetivas, y dignidad moral, como aquella que el hombre tiene en mayor o menor grado según las acciones que realice, si estas son acordes o no a la dignidad ontológica del ser humano”[14].
La “calidad de vida” es un término muy ambiguo, y por él se puede entender que hay vidas mejores, y que las hay peores. Sin embargo: se está; se es. Biológicamente puede haber personas sanas o poco enfermas, pero también existen personas delicadas de salud. Sin embargo la calidad de vida recae en la ética de las personas, no en la salud, aunque es bien sabido que hay que cuidar la salud, pero comer manzanas y hacer ejercicio no hará que una persona sea ética, eso sólo es una dieta y voluntad para hacer ejercicio.
La eutanasia no es legal en México, sin embargo en el 2007, el PRD (Partido de la Revolución Democrática) hizo un intento de legalizar la eutanasia, que no tuvo resultados a favor[15].  Esto puede que se deba principalmente, a las creencias religiosas de la mayoría de los ciudadanos[16], ya que ven al hombre desde el punto de vista religioso, (cristiano y católico principalmente, aunque actualmente hay una gran diversidad de creencias), en el que Dios “creó al hombre a su imagen y semejanza”, imago Dei, y sólo Él tiene el poder de quitar la vida cuando sea tiempo.
Sin embargo, hay que tener en cuenta, que el ser humano es una unidad físico-somática y psíquica. Con capacidad racional, y con sentimientos, y por ende con necesidades que no pueden esperar a la voluntad divina. “La convicción de que la vida humana es sagrada quizá sea uno de los argumentos más fuertes contra la eutanasia”[17]
Reiterando la ilegalidad de la eutanasia en México, cabe mencionar que los ciudadanos interesados en la legalización de dicha propuesta pueden practicar la desobediencia civil. Rawls dice que la desobediencia civil es ‘un acto público, no violento y hecho en conciencia, contrario a la ley y habitualmente realizado con la intención de producir un cambio en las políticas o en las leyes del gobierno”[18].
“El disfrute de las libertades civiles no basta, no es pleno si no se acompaña del ejercicio efectivo de la libertad política que es el alma de la democracia constitucional”[19]. Para Habermas “la desobediencia civil se convierte en un instrumento necesario y útil para el Estado democrático y social de derecho, para su perfeccionamiento y consolidación, sobre todo, en momentos críticos y excepcionales de crisis de legitimación social y legitimidad de ciertas políticas gubernamentales”[20].
Es decir que mediante una protesta, o una iniciativa de ley, el pueblo votará según sus ideales y según lo que considere mejor, pues el hombre por su capacidad racional, siempre tiende al bien.
Sin embargo, la eutanasia tiene pros y contras. Entonces, ¿qué hacer? La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Artículo 25 dice que “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”[21]. Entonces si una persona se enferma muy grave, este artículo dice que contará con asistencia médica, los llamados cuidados paliativos. Sin embargo, ¿qué hacer cuando el dolor sea demasiado? ¿cuándo la persona tiene dificultades para hacer lo básico para sobrevivir, como comer o respirar?
Simone de Beauvoir se  “preguntaba cómo se las arregla uno para vivir cuando un ser querido nos ha gritado: ¡Piedad!”[22], pues es tanto el dolor que sienten, que es mejor morir; que los ayuden a morir y a terminar con el insoportable dolor.
“Todos los hombres son mortales: pero para todos los hombres la muerte es un accidente y, aun si la conoce y la acepta, es una violencia indebida”[23]. Con esta frase, Simone nos hace ver que la muerte, de cualquier manera que esta sea, es una tragedia, es el fin de la vida; aunque es parte del ciclo vital, es lo más seguro que se tiene en la vida.
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En lo personal, el “iusnaturalismo deontológico, crítico o moderado”, es el que me parece más adecuado, pues así a la hora de aprobar no una ley de eutanasia, se tendría en cuenta los “derechos morales fuertes (strongs rights)[24] que se desprenden de “los principios básicos como el de la dignidad humana e igualdad política”[25].
Al realizar una eutanasia, no importa la ley en sí, sino la acción. La moralidad y la ética, es decir que cuando se realice una eutanasia será porque realmente será necesario, porque el dolor de una persona era demasiado e interminable, y porque el mismo paciente le pidió al médico, que terminara con el dolor que sentía, y el médico realizó la eutanasia, sólo con el fin de terminar con el dolor.
“Al lado de los derechos legales existe otro tipo de derechos cuyo fundamento jamás será el consenso social reconocido de una norma sino, según le hemos visto, un cierto tipo de moralidad básica”[26].
También me parece una idea interesante la de la desobediencia civil, que si bien suena algo agresivo, no lo es en absoluto. Ya que tanto Rawls, como Habermas hacen una reflexión sobre dicho movimiento, y llegan a la conclusión de que la desobediencia civil “está justificada  moralmente ya que la pretensión de que sus propuestas sean aceptadas por todos se lleva a cabo mediante una apelación a la moral de la colectividad (principios, derechos)”[27].
Ha de ser interesante ver lo que sucederá en un futuro próximo sobre esta temática, o sobre cualquiera otra que trate la bioética, (el valor de la vida humana; el aborto; el trasplante de órganos; la pena de muerte, etc.), pues la bioética trata temas que parecen sencillos, pero sólo es a simple vista, porque cuando se trata de vidas (humanas), nada es sencillo, y menos cuando la vida humana no está sola, sino que existen avances científicos (que tienen muchas ventajas, pero nada es totalmente perfecto, y hay cuestiones que nos hacen pensar y volver a pensar, hasta llegar a una conclusión para luego volver a re-plantearnos todo, otra vez).


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[1] Rafael E. Aguilera. Teoría política y jurídica. Problemas actuales. Ed. Porrúa, 2008. P. 13
[4] Ibidem

[6] Tratamiento terapéutico desproporcionado que prolonga la agonía de enfermos desahuciados. (http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=Antonomasia)
[7] Adolfo Martínez Palomo. Bioética: En busca de consensos sobre el consentimiento. Ed. El Colegio Nacional. 2009. P. 68
[8] Ibidem. P. 69
[9] Ibidem
[10] Ronald Dworkin. Lifes dominion. An argument about abortion, euthanasia and individual freedom, Nueva York, Vintage Books, 1993, p. 190 en (http://www.bibliojuridica.org/libros/1/172/14.pdf)
[11] Ibidem. P. 70
[13] Ibidem
[14] Ibidem
[16] Ibidem
[17] Ronald Dworkin. Ob. Cit. P. 195 en (http://www.bibliojuridica.org/libros/1/172/14.pdf)
[18] Rafael E. Aguilera. Ob. Cit. P. 82
[19] Ibidem. P. 86
[20] Ibidem.
[22] Simone de Beauvoir. Una muerte muy dulce. Ed. Sudamericana. P. 55
[23] Ibidem. P. 98-9
[24] [24] Rafael E. Aguilera. Ob. Cit. P. 13
[25] Ibidem
[26] Ibidem. P. 89

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